En el
Archivo Histórico Municipal de Llerena se custodia un importante fondo
documental, a través del cual podemos construir una buena parte de su interesante Historia
desde finales del XVI.
A groso
modo, diferenciamos tres secciones:
- Actas Capitulares que, con ciertas lagunas, recogen sesiones
capitulares desde finales del XVI.
- Diversos libros monográficos sobre la hacienda local, toma de
razón, pósito, arrendamiento de hierbas, pastos y bellotas, etc.
- Y la de protocolos
notariales, serie cuyas primeras referencias son también de finales del XVI.
Se estima que lo hoy custodiado no representan más que un 10% de
la documentación generada en la ciudad a lo largo del Antiguo Régimen, echando
en falta los expedientes judiciales de gobernación, los de visitas de
residencia, el de la tesorería de la hacienda real, así como los correspondientes a la
Inquisición, Mesa Maestral, Provisorato, conventos, parroquias, obras pías, hospitales,
capellanías, ermitas… En cualquier caso, un magnífico argumento para difundir
su riqueza documental, acercando al gran público el extraordinario fondo que se
custodia en nuestro archivo y revindicar así la historia de una ciudad
orgullosa de su pasado.
En efecto, miles de documentos e
historias interesantes se localizan y narran en este importante fondo. En esta
ocasión parece oportuno sacar a la luz un documento en el que intervino
Francisco de Quevedo y Villegas, allá
por 1633, en su época de mayor esplendor literario (AMLl., Libro de Cuentas de Depositarios del Pósito, leg. 482-1, fol. 99 y
ss., fotograma 203-207).
Dado que
el oficio de literato no era muy rentable, Quevedo, una vez obtenido el título
de caballero de la Orden de Santiago, que lucía con orgullo, pidió y se le
concedió una escribanía en el Consejo Real de las Órdenes Militares, oficio que
le reportaría una ayuda pecuniaria necesaria. Pues bien, en cierta ocasión
intervino certificando y dando testimonio de fe y verdad sobre una carta real
dando órdenes a don Juan Morante de la Madriz (nuevo gobernador de Llerena),
para que tomara la residencia a su antecesor, don Agustín de Godoy.
En
realidad, en el documento referenciado no aparece la firma de tan
importantísimo personaje, pues lo que llegó a Llerena fue una transcripción de
la misma, firmada por Gonzalo de Jaén, oficial comisionado por el Consejo Real de
las Órdenes para seguir el proceso y cotejar la documentación generada en la
toma de residencia citada, que no era más que una especie de inspección que el
gobernador entrante (don Juan Morante de la Madriz) debía hacer sobre la
gestión del gobernador saliente (don Agustín de Godoy), fiscalizando sus cuatro
años de mandato.
El
documento al que nos referimos es una carta-orden de Felipe IV en la cual, tras
los créditos correspondiente (Felipe IV
por la gracia de Dios rey de Castilla, León…), el monarca de dirige a don
Juan Morantes de la Madriz (caballero de la Orden de Santiago, y caballerizo de
la Reina doña Isabel, a quien le hace saber que, como nuevo gobernador de
Llerena y su partido, estaba obligado a tomar la residencia (fiscalizar la
labor) al anterior gobernador, don Agustín de Godoy, así como a su alcalde
mayor, alguaciles, carceleros y demás ministros oficiales que hubiese tenido a
su servicio en los años que gobernó Llerena y su partido, siguiendo lo dispuesto
para ello en los Establecimientos y Leyes Capitulares santiaguistas.
- En primer lugar debería mandar pregonar en el ámbito de su
jurisdicción (Llerena y en las villas y lugares del partido de su gobernación)
la toma de residencia referida, por si alguna persona tuviese quejas sobre las
actuaciones de don Agustín de Godoy o sus oficiales, dando de plazo tres días
para manifestarse.
- También debía comprobar si su antecesor había cumplido, y hecho
cumplir, fielmente con todas las disposiciones en vigor.
- En cuanto a la impartición de justicia, debía comprobar si el
gobernador saliente la había aplicado con equidad y mandado ejecutar las
sentencias, recogiendo los reparos u observaciones que los vasallos pudieran sugerir.
- Igualmente debía investigar si don Agustín había tomado residencia
a los oficiales con voz y voto en el concejo de Llerena, y en los de su
partido, así como a los fieles medidores, mayordomos, almotacenes y otros
oficiales con responsabilidades en el cumplimiento de las Ordenanzas, cotejando
la documentación generada al respecto, que debía estar custodiada en el Archivo
de la Gobernación de Llerena.
- También debía comprobar si había cumplido lo dispuesto por leyes y
pragmáticas respecto a la guarda y conservación de los montes, la caza y la
pesca, la distribución del pan de los pósitos, la administración de los propios
y rentas, la imposición de sisas y derramas, así como el reparto de arbitrios, denunciando
lo mal gastado y mandar su reposición.
- Y, finalmente, debía recoger todas las anomalías observadas en el
ejercicio de la residencia, haciendo partícipe de las mismas a los señores del
Consejo de las Órdenes.
- Firmado en Madrid, a cuatro de junio de 1633. Yo el rey, etc.
Concluye
el documento con la certificación de don Francisco de Quevedo, expresada en los
siguientes términos:
Yo, Francisco de Quebedo, escribano
del rey nuestro señor y oficial mayor en la escribanía de Cámara del Consejo
Real de las Órdenes, en lo tocante a la de Santiago, certifico y doy fe que por
los señores del dicho Consejo en el presente día, mes y año, de pedimento del
fiscal de él se prorrogaron diez días de más término para ultimar esta
residencia en conformidad del título desta carta, que en todo son veinte días
los que están concedido de término para la dicha residencia como costa del auto
sobre ello proveydo que queda en este oficio, y para que de ello conste la
presente, en Madrid a diez del mes de junio de mil y seiscientos y treinta y
tres años, en testimonio de verdad, Francisco de Quebedo (Sin rúbrica)
Debajo: En testimonio de verdad, Gonzalo de Jaén